Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ZORAIDA ANTONIA MARMOLE CALZADILLA y DAVID ALEXANDER RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Nos.V-10.279.220 y V-15.118.982, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veinte (20) de mayo del 2014, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en copia del Acta de Matrimonio signada con el Nº 228 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante el referido órgano durant.....