Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo, en funciones de Control, de la circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento Sección Adolescente, con sede en Guatire, Administrando Justicia en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena y sanciona a los Adolescentes IDENTIDADES y DATOS PERSONALES OMITIDOS, por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 05 de la Ley sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores, con las siguientes Reglas de Conductas: 1.- Los Adolescentes deben ingresar al Sistema Educativo Nacional. 2.- Los adolescentes tienen prohibido acudir a lugares donde se expidan Sustancias Estupefacientes y Bebidas Alcohólicas. 3.- Los adolescentes tienen la prohibición de acercarse a la víctima en la presente causa. 4.- Los adolescentes deben presentarse una (01) vez al mes por ante el Juez de Ejecución de este mismo Circuito. 5.- Los adolescentes deben presentar al Juez de Ejecución cada tr.....