En consecuencia, este Tribunal, pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguiente MEDIDA ATÍPICA:
1) Se ordena el SECUESTRO del inmueble objeto de la presente acción reivindicatoria, constituido por un apartamento distinguido con la letra y número G-33, situado en el segundo piso del Edificio G-2, que forma parte integrante del CONJUNTO RESIDENCIAL ISTMO, ubicado en la Urbanización Residencial La Rosa, Guatire, jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda.