...declara CON LUGAR la demanda que por REINTEGRO DE DEPÓSITO DADO EN GARANTIA, incoara la ciudadana CRISTINA DEL CARMEN PEREZ DUQUE, contra la ciudadana SURELY VEROES, ambas partes ya identificadas ampliamente en el presente fallo. En consecuencia se acuerda: PRIMERO: El reintegro o restitución inmediato de la cantidad de TRES MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 3.000,00) dada en deposito, más los intereses que se generaron desde el comienzo de la relación arrendaticia, calculados de acuerdo a lo previsto en la Ley y el ajuste por inflación correspondiente, para lo cual se acuerda la realización de una experticia complementaria del fallo con un solo experto que será designado por el Tribunal y SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por cuanto ésta resulto totalmente vencida, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.