Definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en fecha 26/03/03 por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, mediante la cual CONDENO al ciudadano ARLEO BACALAO JOSE ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 10.283.781, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, tipificado en el artículo 417 del Código Penal, así como al pago de las penas accesorias y costas procesales
TERCERO: De la misma forma y de conformidad con lo establecido en el artículo 479 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado ARLEO BACALAO JOSE ANTONIO, podrá solicitar las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena que establece la ley:
a) TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (DESTACAMENTO DE TRABAJO): De conformidad con el encabezamiento del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, al cump.....