OTORGA la fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de REGIMEN ABIERTO al penado PINTO APONTE LUIS RAMON, titular de la cédula de identidad Nº V-11.945.466; a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 410 en relación con el contenido del artículo 407 ambos del Código Penal, así como a cumplir las Penas Accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, en virtud de encontrarse llenos los requisitos exigidos para la procedencia de dicha medida, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario Se designa para que el referido pernocte el Centro de Residencia Supervisada "DR. FRANCISCO CANESTRI", ubicado en El Paraíso, Caracas, debiendo dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones antes mencionadas, so pena de revocatoria del beneficio.