Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, DECLARA: PRIMERO: LA REVOCATORIA por contrario imperio del auto emanado en fecha 01 de julio del 2011; SEGUNDO: La prosecución del presente juicio en el estado en que se encontraba al momento de emitir el auto que ordeno la suspensión de la presente causa previa notificación de las partes.