Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, INADMISIBLE la demanda que por Acción Reivindicatoria intentara el ciudadano ROBERTO LÓPEZ LOSADA, de nacionalidad española, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.674.515, en contra de la ciudadana MARÍA DEL VALLE AGUILERA DE JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.595.405 y consecuentemente nulo el procedimiento seguido en este juicio.