´DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 365, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos: IRIS DANIELA RENGIFO ZAMBRANO y LUIS DUQUE DUQUE, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-26.227.348 y V-27.789.517, respectivamente, en relación a la Obligación de manutención en beneficio de los niños: Niña: V.I.D.R. y el Niño: N.I.D.R (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), La NIÑA de SIETE(07) Año de edad y el NIÑO de CINCO (05) años de edad, en los términos ut supra ya antes indicados.
Notifíquese a las partes mediante boletas.
Dada, sellada y firmada en el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE M.....