Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del circuito Judicial penal del Estado Miranda, considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar PRIMERO: Una vez analizada las actas que integran el presente expediente, considera este Juzgado que una vez de haber escuchado lo planteado por el Ministerio Publico el cual es el titular de la acción penal en cual se desprende que no califica delito alguno en contra del ciudadano RICHARD PEREZ JESUS, y por imperativo de la ley el Art 250 del Código Orgánico Procesal Penal, facultad al Ministerio Publico a los fines de solicitar se decrete alguna medida de coerción personal en consecuencia este Tribunal decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano RICHAR JESUS PEREZ CORREA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° 12.414.200, de 30 años de edad, residenciado Ramo Verde Edificio Cristal, piso 6 apto 61-A Los Teques, Estado Miranda ,por.....