Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Declara Con Lugar la solicitud formulada por la defensa de la ciudadana YURAIMA MILAGROS ROJAS, titular de la cédulas de identidad Nº V-15.377.918 a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de ocultación de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y ocultación de arma de fuego, y en consecuencia se sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad, impuesta a la referido ciudadana en fecha 19-12-2014, por las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; vale decir, numeral 3, la presentación per.....