V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada en ejercicio EGLYN PRESILLA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana CECILIA COROMOTO RAMOS NUÑEZ, contra la decisión proferida en fecha 15 de febrero de 2017, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, la cual se CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo, asimismo, este juzgado superior declara INADMISIBLE la demanda que por DIVORCIO 185-A interpusiera la prenombrada ciudadana contra el ciudadano RAFAEL ANGEL IBARRA CARDOZO, todos ampliamente identificados en autos.
Dada la naturaleza de la decisión.....