PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado EDIXSO ANTONIO MONTERO HERNÁNDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 226.403, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, contra la decisión de fecha 23 de Enero de 2.017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 23 de Enero de 2.017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por el ciudadano DANIEL ANTONIO LINARES MUJICA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.715.876, en contra del Acto Administrativo de efectos particulares dictado por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, consistente .....