Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercidopor la abogada en ejercicio FLOR DE MARÍA DÍAZ RÍOS, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE ACRÍLICAS SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, C.A., plenamente identificados en autos, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 6 de mayo de 2024, la cual se CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo; en consecuencia, se declara INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la prenombrada empresa contra el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los S.....