Primero: Se Admite como fiador del imputado Andrea Gallardo José Rafael, al ciudadano Jesús Eduardo García Suárez, titular de la cédula de identidad N° V-6.870.817; quien mediante acta levantada por ante la sede de este Tribunal, previa exhibición de su cédula de identidad laminada, adquirirá las obligaciones precisadas en los distintos numerales del referido artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se Comisiona al personal adscrito a la Oficina del Servicio de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, con la finalidad de trasladarse a la dirección donde funciona la empresa ¿Constructora Marshall C.A¿; en la que presuntamente el ciudadano Rafael Gallardo Mijares, titular de la cédula de identidad N° V-623.079, es socio; confirmando de igual modo, por entrevista personal con el Presidente de la sociedad mercantil, ciudadano Carlos Augusto Malpica Materan, el objeto de la Empresa, operatividad de la misma y los ingresos devengados. En consecuencia, una vez que curs.....