Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO:CON LUGAR LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial de Libertad a los imputados: ROSA VIRGINIA MENDOZA JIMENEZ, venezolana, soltera, oficios del hogar, nacida el 04-07-1.978, 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.554.775, residenciada en Lozada, calle principal del terminal, casa S/N°, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, hija de Hector Mendoza (v) y de Maritza Jiménez (v); de conformidad con lo establecido en los ordinales 1°, 2° y 3° del artículo 250, ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos.....