Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Sendys Abreu, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 15 de mayo de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, en consecuencia; se niega la solicitud de notificación por correo electrónico, presentada en el proceso en el que se instruye la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, interpuesta por el ciudadano EDGAR EVELIO INFANTE RADA, contra la sociedad mercantil AMBIENTE, SERVICIOS Y ASEO, ASEAS, C.A., ambos plenamente identificados supra. TERCERO: No.....