CAPITULO VI
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el presente Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. GUSTAVO ANTONIO MARTIN SILVA, Defensor Publico Penal Segundo (2º) con Competencia Especial Administrativa, Contencioso Administrativa y Penal para Funcionarios y Funcionarias Policiales de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de abril de 2016, y fundamentada en fecha 13 de abril de 2016, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional decretó MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE.....