Por lo antes expuesto y conforme a las normas procedimentales establecidas, empleando una razón de economía procesal, evitando la inseguridad del juicio y asegurando a la vez la igualdad de las partes en el proceso, ESTE JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, declina su competencia en razón de la cuantía para conocer el presente juicio, en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda distribuidor en turno, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 60 ibidem. Corríjase la foliatura en el ANEXO II que forma parte del expediente por cuanto contiene error a partir del folio noventa y siete (97) a los fines de que se mantenga la correlación en el mismo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.....