Del contenido, de los artículos de marras transcritos y con fundamento al criterio de las sentencias que anteceden, considera ésta Jurisdicente que para el esclarecimiento de los hechos, teniendo como norte el hecho social trabajo, y visto que esta Juzgadora actuando como Jueza Contencioso Administrativa Laboral, está obligada a materializar el principio de búsqueda de la verdad, y estando en el lapso legal para ello, dicta el presente AUTO PARA MEJOR PROVEER, cuya actuación se circunscribe a efectuar una Inspección Judicial en las instalaciones de la entidad de trabajo INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA, S.A, -hoy recurrente- a los fines: 1º Revisar y verificar las nóminas del personal tanto fijo como contratado que ha ingresado y egresado en los años 2012, 2013 y 2014, a los fines de constatar la cantidad de personal fijo y contratado que ha ingresado y egresado en los años supra identificados; 2º Revisar y verificar los controles de producción durante los años 2012, 2013 y 2.....