DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en
Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ROBERTO COLON RODRIGUEZ GUERRERO, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.984.399 y quien falleció Ab-intestato en fecha 29 de Mayo de 2019; a los ciudadanos MIRIAM COROMOTO SOMOZA DE RODRIGUEZ, HANYEL ANTONIO RODRIGUEZ SOMOZA y EUDY CAROLINA RODRIGUEZ SOMOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros.V-5.613.990, V-12.375.193, y V-12.641.723, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.....