-III-
DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA PREVISTA EN EL ORDINAL SEXTO DEL ARTÍCULO 346 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, atinente a la existencia de INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, interpuesta por la parte demandada en el procedimiento que se sigue en el expediente No. 31642, con ocasión de la demanda incoada por la empresa PEPINO PIZZA´S C.A.", suficientemente identificada en autos.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTÍFIQUESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.....