"...en ocasión al procedimiento de amparo constitucional que fuere incoado por los ciudadanos MELBA HURTADO y CARLOS ALBERTO HURTADO, (...)contra de la ciudadana ROSA MELANIA PULIDO DE MASULLO, (...), el cual consiste en "... 1.- Se ORDENA a la ciudadana ROSA MELANIA PULIDO DE MASULLO, se abstenga de alguna forma perturbar el uso, goce y disfrute de la posesión del inmueble objeto del contrato de arrendamiento suscrito entre la prenombrada ciudadana y la ciudadana MELBA HURTADO. 2.- Se ORDENA a la antes prenombrada, se abstenga de impedir la restitución de los servicios de electricidad y agua potable, de manera personal o a través de interpuesta persona." ; se traslado y constituyo el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, a cargo del ciudadano MARIO V. ESPOSITO C., conjuntamente con la parte agraviada, ciudadano CARLOS ALBERTO HURTADO, antes identificado y debidamente asistido para éste act.....