ACUERDA SUSPENDER LA CONTINUACIÓN DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la presente causa seguida en contra del acusado PARRALES CROQUER LUIS ENRIQUE, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO con ALEVOSIA EN EJECUCION DE UN ROBO, previsto y sancionado en el articulo 408 ordinal 2°, del Código Penal, en concordancia con el articulo con el 457 eiusdem, para el día Martes dieciocho (18) de Noviembre del año en curso, a las ocho y treinta horas de la mañana (8:30 a.m.), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 336 ejusdem, en concordancia con lo previsto en el artículo 337 y 13 ibídem.
Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,
DRA. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA,
MANOLA BENITEZ MOLINA.
En la misma fecha conforme a lo ordenado.....