Administrando Justicia en Nombre de La República y Por Autoridad de La Ley NIEGA LA Medida Cautelar Sustitutiva, solicitada por el Dr. ANGEL RAMON ZAMORA, en su condición del Defensor del ciudadano YORJAN ENRIQUE LAVANA MARTEL, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 44 numeral 1° de La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, 9, 244, 250 , 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.