DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA MEDIDA DE PRE-LIBERTAD DE REGIMEN ABIERTO, al penado de autos GONZALEZ ESCALONA PEDRO ISAIAS, titular de la cédula de Identidad N° V- 19.508.851, de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, concatenado con el artículo 69 ejusdem, en concordancia con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese oficio a la Directora del Destacamentario del Centro Penitenciario Región Capital Yare. Asimismo, particípese lo conducente al Jefe de la Oficina de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del interior y Justicia, notifiquese a las partes y librese oficio a la Direccion de Tratamiento No Institucional del Ministerio de Interior y Justicia.
LA JUEZ.....