DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERAS del De Cujus SANTIAGO FRANCISCO REYES PÉREZ, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.433.723 y quien falleció Ab-intestato en fecha 05 de Agosto de 2.014; a la ciudadana YENEIDA MARINA ESPINOZA CHÁVEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.759.124. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a las partes interesada, dejando copia previa certificación en actas por secretaría.- Cúmplase.-
LA JUEZA PROVIS.....