Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano RUBÉN DARÍO MONTES DE OCA ALGARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.278.937, en consecuencia SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2013, por el Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo: se declara la CONFESIÓN FICTA del ciudadano RUBÉN DARÍO MONTES DE OCA ALGARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.278.937 y en consecuencia PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO fuera interpuesta por la ciudadana MARÍA EUGENIA SULBARAN ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.100.867.
Tercero: Se condena al ciudadano RUBÉN DARÍO MONTES DE OCA ALGARA al pago de la cantidad de SESENTA Y TRES MIL BOLÍVARES (Bs 63.000) a la c.....