...Ahora bien, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales de que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran el presente convenimiento, este Tribunal declara: PRIMERO: PRIMERO: HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO CONVENIMIENTO celebrado por las partes el primero en fecha 30 de julio de 2008, por ante la Notaria Pública del Municipio Plaza del Estado Miranda, quedando anotado bajo el N° 81, Tomo 78, y posteriormente en fecha 26 de noviembre de 2008, por ante la Notaria Pública Novena del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el N° 22, Tomo 70, folios 48 al 53 de los Libros de Autenticaciones respectivos, en los mismo términos expuestos por éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. celebrado por las partes en fecha 09 de octubre de 2007, en los mismo términos expuestos por éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SEGUNDO: SUSPENDE.....