ACUERDA la imposición de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, específicamente la establecida en el artículo 582 literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en la obligación que tiene el imputado de presentar CUATRO (04) fiadores, que deberán percibir cada uno de ellos la cantidad igual o superior a CIENTO (100) Unidades Tributarias, además deberá presentar: Copia de la Cédula de Identidad, constancia de residencia, constancia de buena conducta expedida por la primera autoridad civil del municipio respectivo, constancia de trabajo donde se especifique el tiempo de servicio, salario, cargo, dirección fiscal, sello húmedo y número telefónico de posible verificación por parte del Tribunal, la ultima declaración del Impuesto sobre la Renta, así como los tres (03) últimos recibos de pago donde se refleje la cantidad devengada. En caso de tratarse de una persona jurídica deberá consignar la corre.....