Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a la penada BEATRIZ PUENTE, titular de la Cédula de Identidad No V-6.441.434, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1°, 501 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los artículos 7, 61, 64 y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario