REVOCA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, otorgada en fecha 13/05/2005, al penado FREDDY JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° V-6.461.398, nacido en fecha 05/10/1958, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, residenciado en Barrio Aquiles Nazca, callejón Las Delicias, casa s/n, Los Teques, Estado Miranda; de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 ibídem; en virtud de haber incumplido las obligaciones impuestas por éste juzgado; razón por la cual se ordena su inmediata reclusión en el Internado Judicial de la ciudad de Los Teques.
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.