...Ahora bien, como quiera que la parte demandada no hizo oposición a la partición que nos ocupa, este Despacho conforme a lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la partición del inmueble antes identificado y a tales efecto, fija el décimo día de despacho siguiente a la constancia en autos de la última notificación que de las partes se verifique, a las nueve de la mañana (09:00 a.m), a fin que tenga lugar el acto de nombramiento de partidor. Así se establece. Líbrense boletas.-