Ahora bien, en el caso que nos ocupa, esta sentenciadora puede constatar de una revisión realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente, que el vínculo conyugal que unía a los solicitantes fue disuelto mediante sentencia de Divorcio definitivamente firme dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, en fecha 20 de junio del año 2011 y; en virtud que, ambos ex cónyuges han decidido de mutuo y común acuerdo disolver la comunidad de gananciales existentes habida durante el tiempo que duró la unión matrimonial, exponiendo en el escrito respectivo los términos y condiciones de liquidación y partición de la comunidad existente, quedando de este modo resuelta y; teniendo el carácter o condición de copropietarios de los bienes que se adjudican, sin que existan elementos en autos que desvirtúen su capacidad para disponer de las cosas compr.....