DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana SOL CONSUELO MONSALVE MANRIQUE DE AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.654.780, actuando con el carácter de apoderada de los propietarios del inmueble ciudadanos MANUEL MARÍA MONSALVE, CARMEN MARÍA MONSALVE MANRIQUE, BALTAZAR MELANIO MONSALVE MANRIQUE, DELIA CRUZ MONSALVE MANRIQUE, SILVINO MONSALVE CARRERO, EYMAR SILVINO MONSALVE MANRIQUE, JHONY EYDEMAR MONJSALVE MONSALVE, VLADIMIR RENE MONSALVE MONSALVE y MILAGROS DE LA CONSOLACIÓN MONSALVE MONSALVE, titulares de las cédula de identidad números V-5.020.578, V-2.877.621 V-2.888.159, V-5.020.489, V-1.530.496, V-10.148.485, V-12.229.602, V-12.815.533 y V-15.027.171, respectivamente, contra la ciudadana MAYRA MILENA PARADA GELVIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.734.848 y de este domicilio, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
ÚNICO: hacer entrega a la parte demandante del bien inmueble co.....