PRIMERO: A los fines de asegurar la comparecencia del joven adulto imputado a la celebración de la Audiencia Preliminar, se acuerda MANTENER la medida cautelar impuesta en fecha 10 de noviembre de 2011, en audiencia de presentación celebrada por este Juzgado, establecido en el artículo 582 literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referente a la consignación de fianza personal, por cuanto el Ministerio Público en fecha 09-02-2012, presentó la respectiva Acusación contra del joven adulto Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Protección del Niños, niñas y del Adolescente