Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el presente libelo de la demanda interpuesto por la ciudadana, NILSA HERRERA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.094.300, contra la empresa BEER HOUSE C.A. inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo los Nº 99 Tomo 1698-A, de fecha 29-10-2007.