Por todos los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA la medida cautelar sustitutiva que le fuera acordada de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinal 3º y en su lugar ordena la PRIVACIÓN DE LIBERTAD del ciudadano TOVAR ORTEGA FRANKLIN ABELARDO, venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacido en fecha 30-12-1962, de 41 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio indefinida, residenciado en calle el Rodeo, casa 02, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, Hijo de Ortega Eliana y Tovar José (ambos vivos) de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese Boleta de Encarcelación anexa a Oficio dirigido a la División de Capturas Cuerpo .....