PRIMERO: DECRETAR MEDIDAS PRECAUTELATIVAS, prevista en el artículo 24 de la Ley Penal Ambiental; las cuales estarán destinadas a tutelar y prevenir daños irreparable al ambiente y en especial a la salud de las personas que viven y permanecen en la Urbanización La Vaquera, edificio Riberas de Izcaragua, localizada en la ciudad de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, a los fines de verificar. Identificar o detectar a los sujetos activos responsables, que a juicio de la Fiscalía han transgredido la normativa Penal del Ambiente o de los daños al cual fue sometida la zona en cuestión.-
SEGUNDO: Ofíciese a la Asociación Civil La Vaquera; indicando que a fin de dar cumplir y aplicar el tratamiento establecido en las "Normas para la Clasificación y Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertederos o Efluentes Líquidos", deben rehabilitar la planta de Tratamiento de la Urbanización La Vaquera, edificio Riberas de Izcaragua, locali.....