En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado NAHAT ABIMAEL DIAZ, Defensor Publico Décimo Cuarto del estado Bolivariano de Miranda, en su condición de defensor de los ciudadanos LUIS MIGUEL MARCANO DE LA CRUZ, WILMER ENRIQUE SUAREZ JULIO y DARLIN JOSE FIGUEROA ROJAS; en contra de la decisión dictada en Audiencia de Presentación de Aprehendido en fecha 17ENE2014 y fundamentada el 29ENE2014, por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, mediante el cual decreto la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 236 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, a los .....