Primero: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la Abogada Lisette Villamediana, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "CENTRO MARINA 21 C.A.," ambas identificadas, contra la decisión dictada en fecha 31 de octubre de 2013, por el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, la cual queda CONFIRMADA bajo las consideraciones expuestas en este fallo.
Segundo: SE ORDENA al Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, proceda en forma inmediata de acuerdo al procedimiento respectivo a resolver la oposición ejercida por los terceros, al momento de practicarse la medida ejecutiva.
Tercero: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal
Cuarto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.