Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento en los mismos términos y condiciones expuestos por la actora, y de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil lo da por consumado y ordena se dé por terminado el presente procedimiento.-
Vista la diligencia de fecha 05 de marzo de 2020, suscrita por los ciudadana MEIVER JOCELYN QUERALES TORRES, donde solicita le sean devueltos los documentos anexados al libelo de demanda, el Tribunal lo acuerda de conformidad. En consecuencia devuélvanse los documentos requeridos, previa certificación por secretaría.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del.....