Por los razonamientos expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda otorgar el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al ciudadano: MARTINEZ VILLEGAS CRUZ, titular de la Cédula de Identidad Nro V-18.752.107 por el lapso de: UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES, todo en conformidad con lo dispuesto en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE