CONFIRMA la decisión dictada en fecha 25 de febrero del año 2005, por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, que admitió las pruebas promovidas por el Fiscal del Ministerio Público, en su acto conclusivo, por ser útiles, necesarias y pertinentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal.