En fuerza a los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano: JULIO CESAR DIAZ LIENDO, venezolano, de 21 años de edad, para el momento no portaba identificación, indicando ser titular de la Cedula de Identidad V-16.935.550, fecha de nacimiento 13-03-1981, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en el barrio Los Jabillos, casa sin número, Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander, Estado Miranda, hijo de Delia Liendo (F) y José Raimundo Díaz (V), formulada por el Fiscal Noveno del Ministerio Público .....