declara:
PRIMERO: Con lugar la presente solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentada por la ciudadana Yolanda Pinto de Oliver, titular de la cédula de identidad No 4~.585.405, contra la Asociación de Viviendas comunitarias Asovico C.A., ambas plenamente identificadas a los autos, y en consecuencia se ordena su reenganche en el mismo cargo y condiciones antes de¡ ¡legal despido, así como el pago de los correspondientes salarios caídos, los cuales se cuantificaran desde el momento en que se notifico a la demandada de¡ presente juicio hasta la efectiva reincorporación de la actora, quedando entendido que los salarios caídos deben cuantificarse en base a un salario diario de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES ( Bs. 26.600,00). Así decide.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.