...PRIMERO: El ciudadano GERARDO JOSÉ GONZÁLEZ FIGUEROA, cédula de identidad nro. V-17.744.674, fue aprehendido en fecha 4-6-2007 (según se evidencia al folio 2 de la pieza I), manteniéndose en esa situación hasta el día de hoy, 13-4-2009, computándose a favor del reo el tiempo que estuvo privado de su libertad durante el proceso, en atención a lo establecido en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que evidencia que se ha mantenido privado de libertad, efectivamente, por un tiempo de 1 año, 10 meses y 9 días.
SEGUNDO: El ciudadano GERARDO JOSÉ GONZÁLEZ FIGUEROA fue condenado a cumplir la pena de 3 años de prisión, lo que restado al tiempo de detención efectiva, se tiene que le falta por cumplir de la pena impuesta, al día de hoy, 13-4-2009, un tiempo de 1 año, 1 mes y 21 días, por lo que se precisa, como fecha de cumplimiento de la condena, el 4-6-2010...