continuación se procederá a establecer las fechas a partir de la cuales previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma adjetiva penal, la penada optará a las formulas alternativas de cumplimiento de pena y en consecuencia:
1.- El Destacamento de Trabajo, le corresponde luego de haber cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, que en el caso de marras, equivale a un (01) año, y siete (07) meses, formula alternativa de cumplimiento de pena a la que se encuentra sometida la penada de autos.
2.- El Régimen Abierto, le corresponde al haber cumplido una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir dos (2) años, un (01) mes y diez (10) días, el cual podrá solicitar desde el 27 de Marzo de 2009.
3.- La Libertad Condicional, le procederá al haber extinguido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, lo que es igual a cuatro (04) años, dos (02) meses y veinte (20) días, correspondiéndole a partir del 08 de Abril de 2011.
4.- El Confinamiento.....