Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se decreta la flagrancia de los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario, por cuanto la fiscal del Ministerio Público tiene diligencia por practicar, conforme a lo establecido en el artículo 373 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se DECRETA LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JENNY OSCAR GIRON PEREZ, titular de la cedula de identidad V- 16.346.496, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 numerales 1, 2 y 3 en relación con lo dispuesto en el artículo 251 numerales 1 y 2 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 ejusdem, a los fines garantizar la finalidad del proceso y garantizar la asistencia del imputado en este proceso. CUARTO: SE ORDENA la reclusión del i.....