En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: De conformidad con lo tipificado en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa declara EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio de nulidad interpuesto por el ciudadano YOEL ALEXANDER KEY, titular de la cédula de identidad Nº V-20.033.537, contra la Providencia Administrativa Nº 075-2015, dictada en fecha 10-04-2015 por la Inspectoría del Trabajo "JOSE RAFAEL NUÑEZ TENORIO", con sede en Guatire, Estado Bolivariano de Miranda, que declaró con lugar la solicitud de calificación de falta incoada por la empresa DANIBISK, C.A., contra el referido ciudadano. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.